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Beneficios

CMEE

FONDO DE RESERVA PRESTACION SOLIDARIA

Nacimiento o adopción
(Para socios activos): 100 Galenos Caja.

  • En caso que ambos padres sean socios del círculo solo uno de ellos cobrará un aporte por cada hijo nacido o adoptado.

  • Vencimiento a los 180 días posteriores a ocurrido el evento, a partir de los cuales caducarán.

Matrimonio
(Para socios activos): 100 Galenos Caja.

  • En caso que ambos cónyuges sean socios del círculo, cobrarán un aporte cada uno.
     
  • Vencimiento a los 180 días posteriores a ocurrido el evento, a partir de los cuales caducarán.

Fallecimiento  (Para todos los socios) 200 Galenos Caja.

Enfermedad: (Para todos los socios) 100 Galenos
Caja mensuales hasta un máximo de 6 (seis) meses.

  • Para poder acceder al beneficio, será imprescindible la suspensión de la matricula por enfermedad, acreditada por el Colegio de Médicos, con una mínimo de 30 días.
    EL CUMPLIMIENTO DE ESTAS CONDICIONES SERÁ LA ÚNICA CAUSAL POR LA CUAL SE OTORGARÁ EL APORTE SOLIDARIO.
  • El beneficio se otorgará por única vez ya sea por una o más patologías y/o recidiva de alguna de ellas, en forma parcializada o completa hasta que la sumatoria complete los 6 (seis) meses.
  • Dicha prestación solidaria, se suspende automáticamente con el alta de la matricula o cumplimento de los 6 (seis) meses. NO TENIENDO DERECHO A NINGÚN OTRO RECLAMO POR DICHO RESGUARDO.

EL APORTE DE NUESTRO CÍRCULO ES INDEPENDIENTE Y SUPLEMENTARIO AL QUE OTORGA LA CAJA DE PREVISIÓN POR IGUAL MOTIVO.